Procedimiento Concursal de Renegociación

Es un procedimiento administrativo y gratuito en que la Superintendencia actúa como facilitadora de acuerdos entre la Persona Deudora y sus acreedores. Este procedimiento tiene por finalidad la Renegociación de las obligaciones del deudor o la ejecución de sus bienes para el pago de sus obligaciones vigentes.
El procedimiento consta de tres audiencias en que participa el deudor y sus acreedores y la Superintendencia:
a) Audiencia de Determinación del Pasivo,
b) Audiencia de Renegociación, y/o
c) Audiencia de Ejecución.
Nota: Solo se puede ser admitido a este procedimiento cada 5 años, los que se contarán desde la publicación de la Resolución de Admisibilidad de la solicitud de Renegociación de la Persona Deudora.

Fuente: Superir.