Gastos de Cobranza

Gastos que las empresas pueden cobrar cuando han transcurrido más de 20 días corridos de la fecha de vencimiento de la deuda, sin que el consumidor haya pagado en forma oportuna su obligación. Estos gastos no pueden ser mayores a los establecidos por la Ley: 9% cuando las deudas o cuotas son de hasta 10 UF, más un 6% para la parte de la deuda que exceda de 10 y hasta 50 UF, más un 3% para el monto que supere las 50 UF.

Fuente: Sernac.