Presentación de la solicitud
Ante el Tribunal Civil correspondiente al domicilio de tu Empresa Deudora, con el patrocinio de un abogado/a.
Resolución de la Liquidación
El Tribunal, una vez cumplidos los requisitos señalados en la Ley, dictará la Resolución de Liquidación, la que será publicada en el Boletín Concursal.
Allí se designará un liquidador/a, quien administrará y venderá los bienes de tu Empresa Deudora para efectuar el pago a los acreedores, incluidos los trabajadores.
Entrega de bienes
El liquidador/a requerirá la entrega de los bienes a lo menos cinco días antes de la fecha de su venta. el Liquidador/a levantará un acta de recepción en la que se señalará día, lugar y hora en la que se entregaron los bienes, la que será firmada tanto por el Deudor/a como por el Liquidador/a.
Venta de los bienes
Realizada la venta de los bienes, se pagará a los acreedores que presentaron sus créditos ante el Tribunal, mediante un reparto de fondos.
Cuenta final
El liquidador/a presentará cuenta final de administración de sus actuaciones y el Tribunal dictará la Resolución de Término del Procedimiento, con la cual se extinguen los saldos de las deudas que quedaron sin pagar.